Las personas que no puedan ejercer su derecho al voto el 28 de mayo, pueden solicitar el voto por correo hasta el 18 de mayo.
La solicitud del impreso puede realizarse:
- Presencialmente en las Oficinas de Correos con DNI, Carnet de conducir o Pasaporte.
- De forma telemática, con Certificado digital válido o DNI electrónico, en la web de Correos: https://www.correos.es/es/es/particulares/para-el-ciudadano/voto-por-correo
Del 8 al 21 de mayo se recibirá en el domicilio la siguiente documentación necesaria para votar: sobre de votación, papeletas de todos los partidos políticos que concurren a los comicios, certificado de inscripción en el censo, sobre para envío de voto y documento explicativo).
La documentación para ejercer el voto puede presentarse hasta el 24 de mayo en las Oficinas de Correos.